Órganos de Gobierno
Comisión Permanente
La Comisión Permanente del Consejo de Departamento conocerá de los proyectos, proposiciones o asuntos que les sean encomendados por el Consejo de Departamento y podrán abordar cuantas cuestiones se relacionen con los cometidos para la que fue instituida.El consejo de Departamento podrá delegar en la Comisión Permanente el ejercicio de competencias a él atribuidas, de conformidad con los previsto en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz.
Su función será la gestión de los asuntos ordinarios de trámite u otros que le sean encomendados o delegados por el Consejo de Departamento, así como para asesorar al Director y elevar proyectos al Consejo.
Esta Comisión estará compuesta por el Director, como representante de su área de conocimiento y por dos vocales pertenecientes a cada una de las restantes áreas de conocimientos adscritas al departamento.
Consejo de Departamento
El funcionamiento del Consejo de Departamento se ajustará a los dispuesto en el Título V del Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz. El Director, que ostenta la representación del Departamento, convoca, preside, abre y cierra las sesiones del Consejo, en las que establecerá y mantendrá el orden de los debates, asistido del Secretario del Departamento.
Las sesiones del Consejo de Departamento deberán ser convocadas por el Director y podrán ser ordinarias y extraordinarias. Como mínimo, se convocará una sesión ordinaria en cada cuatrimestre natural del año. Las extraordinarias, y las que estén justificadas por razones de urgencia, podrán convocarse cuando lo estime conveniente el Director.